Imagen ilustrativa sobre el uso de drones en España. Foto de evsimon.com · Reserva tu boda

Drones · España

Seguro obligatorio para volar un dron en España: qué dice AESA

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Sí, para volar un dron en España necesitas seguro, y AESA lo dice sin rodeos. Hace falta un seguro adecuado que cubra cada vuelo que hagas. No hace falta una póliza permanente, de las que se pagan todo el año. Basta con estar cubierto en cada vuelo. AESA lo apoya en el artículo 8 del Real Decreto 517/2024 y lo incluye en la documentación que debe tener todo operador que vuele en la categoría «abierta». Esa es la categoría de bajo riesgo, la que no pide autorización ni declaración antes de despegar. Que no pida papeles previos no quiere decir que puedas volar sin seguro.

¿Cuánto debe cubrir el seguro?

¿Y cuánto debe cubrir? Aquí AESA cita dos normas distintas, cada una con su cifra, y es fácil mezclarlas.

La norma europea y los drones ligeros

La primera es europea. El Reglamento 785/2004 fija un mínimo de 750.000 DEG por daños a terceros en tierra, para aeronaves de hasta 500 kg. DEG son los Derechos Especiales de Giro, una unidad de valor que usan las normas internacionales en lugar de una moneda concreta. Pero ese reglamento deja fuera a las aeronaves de menos de 20 kg, y ahí entra la mayoría de los drones. Por eso algunas páginas en inglés dicen que, si tu dron pesa menos de 20 kg, no hay un requisito específico de seguro. Esa frase habla del reglamento europeo. No habla de la regla de AESA.

Imagen ilustrativa sobre volar un dron en España. Foto de evsimon.com · Reserva tu boda

La norma española

La segunda es española. El Real Decreto 37/2001 fija su propia cuantía mínima, 220.000 DEG. AESA da esta cifra al lado de la anterior, pero es otro requisito y viene de otra norma. No es el mismo mínimo contado de otra forma.

Lo que se aplica en España

Lo que queda claro en España es la regla de AESA: seguro adecuado para cada vuelo. Qué cifra te toca es justo lo que conviene confirmar con la aseguradora y en la web de AESA antes de firmar nada. Da igual que vueles en Gijón, en otro rincón de Asturias o en cualquier parte de España. La regla es la misma. Y también lo es si el dron sale para hacer fotografía y vídeo de una boda o de un evento de empresa.

Imagen ilustrativa sobre el seguro para volar un dron. Foto de evsimon.com · Reserva tu boda

Distancias en la categoría «abierta»

El seguro no es lo único. La categoría «abierta» tiene tres subcategorías, A1, A2 y A3, y cada una tiene sus distancias. En A2 hay que mantener al menos 30 m de distancia horizontal con las personas que no participan en el vuelo. En A3 se vuela donde no se ponga en riesgo a nadie ajeno y al menos a 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.

Qué hacer antes del próximo vuelo

Antes del próximo vuelo, saca tu póliza. ¿Cubre daños a terceros? ¿Te cubre el día que vas a volar? Si no tienes seguro, pide uno para ese vuelo. No tiene por qué ser anual. Después entra en la web de AESA y lee el apartado de la categoría «abierta». Ahí está la lista de documentos y ahí verás si tu dron te obliga a registrarte como operador en la sede electrónica. ¿Aún no tienes el certificado A1/A3? La formación y el examen online de AESA son gratuitos: 40 preguntas, 40 minutos, y apruebas con un 75 % de respuestas correctas.

Enlaces

Más enlaces de interés: seguridadaerea.gob.es, seguridadaerea.gob.es, easa.europa.eu.

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